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Adecua tu empresa al nuevo RGPD

Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

El 25 de mayo de 2018, entra en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aprobado en el Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento Europeo y del consejo.

Dicho Reglamento derogará la Ley Organica 15/99, más conocida como LOPD.

La entrada en vigor del nuevo Reglamento trae unas cuantas modificaciones en los procedimientos a emplear en el tratamiento de datos de carácter personal.

Grupo Innova te puede ayudar a adecuar tu empresa al RGPD.

Modificación en el tratamiento de datos personales

La entrada en vigor del nuevo Reglamento trae una cuantas modificaciones en los procedimientos a emplear en el tratamiento de datos de carácter personal.

Como Datos de carácter personal se incluyen  datos de:  empleados, socios, asociados, clientes, proveedores, pacientes, etc.

El nuevo Reglamento introduce cambios, algunos de los más destacados son:

– Se amplia la información a facilitar al interesado enlLas cláusulas informativas de los formularios de recogida de datos personales.

– Desaparece el consentimiento tácito.

– La edad nímina para otorgar el consentimiento del tratamiento será, en Europa,  16 años. En España sera  14 años (si así lo determina la nueva Ley Española de Protección de Datos que esta pendiente de aprobar). Para edades inferiores se tendrá que contar con el permiso del titular de la patria potestad o tutela sobre el niño.

– Se modifica el contenido minimo de los contratos de tratamiento de datos entre Responsable y Encargado

– Aquellos Encargados que traten datos personales por cuenta de Responsables, sin el correspondiente contrato de tratamiento, serán consideradas Responsables de tratamiento, con las posibles responsabilidades y sanciones derivadas de ello.

– Se ha de disponer de un Registro de Actividades de Tratamiento

– Se ha de realizar un Análisis de Riesgos.

– Se aumenta enormente el régimen sancionador, con la LOPD las infracciones Muy Graves pueden tener una sanción de 300.000 eur a 600.000, con el RGPD las infracciones Graves podrán ser de hasta 10.000.000 o el 2% de la facturación anual (el valor que resulte más alto)